El 11 de Febrero de 2016, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), mediante un proceso iniciado de oficio, amonestó con una sanción escrita a “El Observador de Toledito”, de la provincia de Santa Elena, por violar las normas deontológicas contenidas en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), en particular, el “evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares”. En la resolución, se le conmina además a “mejorar prácticas comunicacionales, que puedan poner en riesgo el ejercicio de los derechos a la comunicación”.
La Intendencia Zonal determinó que el medio de comunicación dio “un tratamiento morboso” a la noticia titulada “Albañil murió electrocutado mientras construía una pared“, publicada en la edición No. 178 de la segunda quincena de diciembre de 2015. Según la Supercom, dicha noticia mostró una fotografía con el rostro y el cuerpo inerte del albañil fallecido, mientras que en la narración se describieron las heridas en la mano y pie derecho causadas por el accidente “dejando de lado la dignidad de los familiares del occiso”.
En la audiencia de sustanciación, el representante del medio negó la existencia de morbo en la noticia, puesto que la nota fue publicada en blanco y negro, sin mostrar la sangre. Por su parte, el director de Prevención y Asesoría de la Intendencia, indicó que “publicar la foto de un ser humano muerto sólo busca el morbo y el sensacionalismo”.